¿Cómo puedo salir de ASNEF?

¿Cómo puedo salir de ASNEF? Todas las claves para librarte de las deudas

25/01/2021 | ACTUALIDAD
Hoy en día, son muchas las personas que se ven afectadas por estar incluidos en ficheros de morosos. Si te han incorporado recientemente te preguntarás cómo puedo salir de la ASNEF, pues bien vamos a darte todas las opciones para que sepas cómo librarte de esta situación tan temida por todos. A continuación, vamos a explicar desde el blog de Repagalia qué es la ASNEF, cómo puedes consultar si estás en el fichero de morosos, y lo que más te importa: cómo salir.

Hoy en día, son muchas las personas que se ven afectadas por estar incluidos en ficheros de morosos. Si te han incorporado recientemente te preguntarás cómo puedo salir de la ASNEF, pues bien vamos a darte todas las opciones para que sepas cómo librarte de esta situación tan temida por todos.

A continuación, vamos a explicar desde el blog de Repagalia qué es la ASNEF. Cómo puedes consultar si estás en el fichero de morosos, y lo que más te importa: cómo salir.

Formar parte de estos temidos listados, no es nada complicado, no hace falta ser un gran moroso para que las empresas incorporen tus datos. Simplemente, con una factura impagada. O bien, si la has devuelto porque no estás de acuerdo con el importe, las entidades asociadas a la ASNEF pueden incorporar tu nombre a la base de datos.

La realidad es que, en España, esta lista aumenta en 200.000 personas al mes, y no es porque seamos un país de morosos, sino por lo sencillo que es incorporar los datos de aquellos que incumplen con alguna obligación de pago.

¿Qué es la ASNEF?¿Como salir de Asnef?

Para salir de la ASNEF, es importante conocer qué es exactamente, por lo que vamos a explicar todos los detalles que necesitas saber. Pues bien, este fichero toma sus siglas de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito.

Esta asociación está formada por casi todos los bancos, entidades financieras y empresas prestadoras de servicios como luz, gas, telefonía, etcétera. Por lo que si tus datos constan en el fichero. Puedes tener serios problemas a la hora de acceder a financiación o si pretendes contratar algún servicio en tu hogar.

El objetivo de esta asociación es compartir información sensible sobre la solvencia de los ciudadanos y así, minimizar el riesgo de impagos. Pero, eso sí, la información de estos listados debe ser la justa y necesaria, además de existir un interés legítimo, para que otras empresas, decidan cómo actuar. La deuda que se pretenda incluir en la ASNEF debe ser demostrable, además de tener una antigüedad de al menos cuatro meses.

Como ya hemos explicado al principio, no hace falta ser un gran deudor, porque el monto total de la deuda no es relevante, simplemente tiene que ser oficial y demostrable.

Aunque, si es cierto, que para que esta inclusión cumpla con la Ley, debe existir una notificación en el plazo de 30 días al perjudicado, y se debe dar por burofax, para que quede constancia de su recepción. Ya que el medio de comunicación debe ser fehaciente.

¿Qué deudas no puede incluir el fichero de morosos de la ASNEF?

Para saber cómo salir de la ASNEF es importante conocer qué deudas no se pueden incluir porque de este modo, podrás reclamar que se cancelen tus datos del fichero de morosos. Estas deudas son las siguientes:

  • Las deudas de empresas ni de personas jurídicas, dado que el fichero encargado de este tipo de impagos es la RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas).
  • Deudas que no hayan sido debidamente notificadas y que no tengan una vigencia de al menos, cuatro meses. Para que dicha notificación sea legal, debe darse por burofax.
  • Es nula de pleno de derecho si la inclusión tiene una duración de más de 6 años desde la última deuda. Actualmente, es obligación del propio fichero dar de baja los datos tras ese periodo. En el caso de que no se produzca la eliminación de nuestros datos, se puede recurrir a una demanda. A través de la Agencia Española de Protección de Datos.

¿Cómo salir de ASNEF?

Pues bien, si te han incluido en la ASNEF, lo más lógico es que desees salir cuanto antes de este temido fichero. Por lo que, a continuación, te detallamos las distintas formas para eliminar tus datos personales de este listado de morosos.

– Pagar la deuda.

Aunque pueda parecer obvio, la mejor manera para salir de la ASNEF cuanto antes es saldar la deuda con la entidad correspondiente. Por lo que si tienes una deuda que cumpla los requisitos de la ASNEF, es decir, que sea cierta, exigible, vencida y reclamada por la empresa, lo más recomendable es hacer frente al pago.

Si, en tu caso, puedes saldar la deuda, te recomendamos que te asegures de que la deuda se elimina del fichero de morosos. Para ello debes solicitar la cancelación de tus datos adjuntando copia del pago y tu información personal.

– Reclamar la deuda.

En el caso de que te hayan incluido en la ASNEF y reconozcas la deuda, pero no estés conforme con el importe adeudado, una manera de salir, es reclamar este hecho. ¿Por qué? Pues la Ley impide que se incorporen al fichero deudas que se estén reclamando por vía judicial, administrativa o procedimiento similar.

El motivo es que la Agencia Española de Protección de Datos considera que cuando una deuda se reclama ante cualquier órgano –arbitral, judicial o administrativo- no se podría hablar de “deuda cierta” y así, no se puede incluir en la ASNEF.

– La deuda no existe.

En el caso de que la deuda incorporada no te corresponda o si no se han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley para la incorporación al fichero, puedes solicitar la baja de tus datos al titular del mismo.

Al solicitar la baja, el titular debería responderte en un plazo máximo de 30 días que se puede ampliar hasta 2 meses. Si la respuesta no se produce por parte del titular del fichero o de los acreedores, deberías denunciar estos hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos. Esta denuncia puede suponer sanciones para ambas empresas.

– Esperar a que el plazo se cumpla.

Aunque no es lo más recomendable, si no quieres o bien, no puedes hacer frente al pago de la deuda (por tu situación económica o los problemas que sean), puedes esperar a que el plazo máximo legal fijado por ley se cumpla, es decir, seis años.

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