Bajo la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés), un cobrador de deudas es por lo general una persona o una compañía que regularmente cobra deudas que se adeudan a otros cuando las mismas se atrasan. Entre los cobradores de deudas se incluyen agencias de cobro o abogados que cobran deudas como parte de su negocio. ¡Sigue leyendo y descubre más!
También hay empresas que compran deudas atrasadas de acreedores u otras empresas, y luego tratan de cobrarlas. A estos cobradores también se les conoce como agencias de cobro de deudas, empresas de cobro de deudas o compradores de deudas.
Un cobrador de deudas puede tratar de comunicarse con una persona porque:
Sin embargo, el deudor puede pedirle a un cobrador de deudas que deje de comunicarse con el deudor, pero debe hacerlo por escrito.
El pedirles que dejen de comunicarse con el deudor no impide que aún puedan demandar al deudor para cobrar la deuda. O reportar la deuda a una compañía de informes de crédito. Si el deudor no es responsable por la deuda o, si lo era, ya la pagó. Es importante tomar medidas para refutar cualquier intento de cobro.
El acreedor o el cobrador de deudas también pueden presentar un informe negativo a una agencia de informes crediticios. Que afecte su informe de crédito y su puntaje de crédito.
En algunos casos, la deuda puede ser demasiado antigua como para afectar su informe de crédito o su puntaje de crédito. Si el deudor no cree que la deuda es suya, puede impugnarla con el cobrador de la deuda. Con la compañía de informes de crédito.
Si el deudor impugna una deuda por escrito dentro de los 30 días en que recibe la información sobre la deuda de parte del cobrador, el mismo debe proporcionarle la verificación de la deuda. Igualmente, el deudor le puede pedir al cobrador que le proporcione más información acerca de la misma.
Para cualquier ciudadano tener una deuda puntual con un banco o una empresa de créditos puede convertirse en un infierno debido al cobrador de deudas.
Es de sobra conocida la figura del «Cobrador del frac», que con su pintoresco atuendo se encarga de perseguir y poner en evidencia a quienes deben dinero a un tercero.
La táctica es muy simple: atosigar al moroso para que pague. Yendo disfrazado (incluso de torero, oso o pantera rosa) a los sitios que frecuenta, pregonando su deuda ante amigos y familiares y, en definitiva, molestando tanto que al final se prefiera pagar lo adeudado sea como sea.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que la gestión del cobro de una deuda por parte de una empresa de créditos es legal. Se ha firmado un contrato entre el prestamista y el prestatario, y si se ha llegado a esta situación es porque no se ha respetado el acuerdo.
No obstante, lo que roza la ilegalidad o incluso la cruza es el acoso telefónico al que ciertas empresas de cobro de deudas someten a los morosos. Hay que apuntar que España y Portugal son los únicos países de la Unión Europea en los que no existe un marco legal para estos procesos.
Así, la praxis de un cobrador de deudas carece de control y cada empresa adopta su propio modus operandi. Pero la intemperie defensiva del moroso no es total: le asiste, principalmente, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), entidad que regula el uso de los datos personales y la información de los consumidores, algo que resulta especialmente significativo en la gestión del cobro de deudas por parte de empresas que pueden llegar a llamar por teléfono a familiares, vecinos o amigos del moroso, o incluso a mandarle un fax al trabajo. Un cobrador de deudas puede llegar a ser un infierno.
Y es que todo el mundo tiene la posibilidad de ejercer los derechos ARCO de acceso, cancelación, rectificación y oposición sobre sus datos personales. Si bien es necesario ir a los tribunales si se quiere reclamar la violación de este derecho contra una empresa de recobros o un cobrador de deudas.
Si se consulta el artículo 18 de la Constitución Española que vela por el respeto a la intimidad personal, el honor y la imagen de cada ciudadano, es evidente que acciones tales como llamar a familiares y amigos del moroso, o poner al deudor en evidencia en su lugar de trabajo no son legales.
En muchos casos ya, este tipo de ataques por parte de las empresas de concesión de créditos han sido condenados por los tribunales, imponiéndose multas importantes.
El problema es la dificultad que supone denunciar la persecución de un cobrador de deudas. Algunos expertos recomiendan, en casos de acoso telefónico, grabar las conversaciones y después denunciar.
Esto puede ser muy efectivo en casos de atosigamiento extremo, sobre todo porque algunos cobradores de deuda llegan a insultar y amenazar al moroso, y a llamarle hasta 50 o más veces al día.
Los límites éticos son el factor a tener en cuenta a la hora de considerar acoso el recobro de una deuda. Y, por desgracia para los morosos, en muchos casos dichos límites ni siquiera existen.
Así, es habitual que el cobrador de deudas emplee todo tipo de amenazas (inclusión en el fichero de morosos, intereses de demora que se multiplican cada día que se mantiene el impago, denuncia ante los tribunales, etc.), y que procedan a hacer la vida imposible a su presa, no solo persiguiendo a la persona por la calle y acudiendo a los lugares que frecuenta, sino llamándole por teléfono decenas de veces cada día. Y, en respuesta a la pregunta, no cabe duda de que todo esto es efectivamente acoso.
El problema es que, quien lo sufre, aparte de que normalmente no paga su deuda porque no puede, carece de medios para defenderse. A su favor juega que, con el paso de los años, son más y más los casos en que un juez ha fallado a favor del acosado, imponiendo multas muy graves a las empresas de créditos que operan sin ningún tipo de ética y atentan contra la intimidad personal.
Otra forma de tratar con los cobradores de deudas es simplemente pagarles. Si una persona tiene fondos disponibles para establecer un plan de pago o tiene una suma global de dinero en efectivo que proviene de algo como un reembolso de impuestos, podría valer la pena librarse del cobrador.
Pero incluso si se opta por pagar la deuda, se debe hacer de la manera correcta:
Tener en cuenta que el pago total de una cuenta de cobro no eliminará la cuenta de su reporte de crédito. Seguirá ahí durante siete años a partir de la fecha en que la cuenta entró en mora por primera vez.
En este sentido, puede ser beneficioso tratar de arreglar un acuerdo porque realmente no se obtiene ningún crédito para pagar la cantidad total adeudada. Por lo tanto, puede ser de mejor interés liquidar para que se pueda ahorrar un poco de dinero.
Una vez que reciba la carta de validación de la deuda del cobrador, pedir la verificación puede darle algo de tiempo. Esto es especialmente cierto para las deudas que han sido compradas por un tercer colector.
Puede llevarles tiempo reunir la información para verificar completamente la deuda, en particular si ha sido comprada y vendida por varios compradores de deudas o agencias de cobro.
En algunos casos, es posible que los cobradores de deudas nunca se ponga en contacto con el deudor. En otros, pueden pasar meses o incluso años hasta que respondan a la verificación completa. Durante ese tiempo, no pueden llevar a cabo ninguna acción de cobro. Por lo tanto, el deudor gana algo de tiempo hasta que su situación mejore.
Si simplemente no tiene los medios para pagar las cuentas de cobro, puede que sea el momento de declararse en bancarrota. El tribunal evaluará lo que razonablemente puede pagar, ya sea liquidando los activos que no califican para una exención (Capítulo 7) o a través de un plan de reembolso basado en sus ingresos y gastos (Capítulo 13).
Si realmente el deudor no puede pagar nada y no tiene bienes o tiene bienes que califican para las exenciones, entonces tiene sentido seguir adelante y presentar la solicitud. Eliminará el estrés de tratar con los cobradores y lo liberará de la carga de su deuda.
Hay una última forma de tratar con un cobrador y es simplementeignorar sus llamadas y esquivarlas tanto como sea posible. El problema es el nivel de molestias y el estrés financiero que esto puede crear. El coleccionista utilizará todos los medios necesarios para contactar con el deudor.
Puede que se ponga en contacto con su empleador para verificar su identidad. Los coleccionistas pueden ser muy persistentes y una fuente constante de estrés en su vida si está tratando con uno.
Aun así, el beneficio de esperar depende de la edad de la deuda y de la ley de prescripción de las colecciones en su estado. Muchos estados establecen el estatuto de limitaciones en seis años, aunque puede ser de hasta diez en otros.
Si una deuda está a seis meses de alcanzar la prescripción, entonces puede tener sentido esperar a que termine. Después de seis meses, cuando la deuda es demasiado vieja para que el cobrador la demande,se puede enviar una carta de cese y desistimiento.
Las empresas de cobro de morosos o impagados surgen ante la imposibilidad del acreedor de ver recuperado el dinero que prestó o el pago de las mercancías que vendió en el tiempo pactado. Lo que se pretende con la contratación de estos especialistas es evitar un largo y costoso procedimiento judicial.
La filosofía es mejor por las buenas que por las malas, creando en el moroso una sensación de cansancio o hartazgo de la situación, de la que solo se librará saldando la deuda. El que las empresas acreedoras acudan a entidades especializadas en esta actividad es completamente legítimo.
Otra cuestión son las formas que puedan utilizar, pues en ocasiones vulneran el honor o la propia imagen del deudor o son claramente vejatorias o intimidantes.
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