El aviso de monitorio es una notificación en la que el acreedor comunica al deudor su deuda. Debe incluir todos los detalles de la deuda, como el importe adeudado, el tipo de interés, los gastos y los honorarios. También se deben incluir los detalles de la persona a la que se notifica; su nombre, domicilio y número de teléfono.
La notificación es el paso inicial del procedimiento monitorio. Un mecanismo judicial en el que se reclama el pago de una deuda de carácter dinerario. Únicamente será necesaria la celebración de una vista o comparecencia ante el Juez si el deudor se opone a la reclamación presentada. Se trata del procedimiento más utilizado en el ámbito civil.
Si el deudor no paga ni se opone al requerimiento, el procedimiento finaliza automáticamente con una resolución que permite al acreedor acudir a la ejecución forzosa, en la que podrán embargarse bienes del demandado hasta abonar la deuda reclamada.
El acreedor deberá probar que la deuda existe y que es exigible para iniciar el proceso monitorio.
Se iniciará con la presentación de una solicitud acompañada de los documentos que prueben la deuda. Una vez recibida, el Juez le dará al deudor un plazo de 20 días para pagar la deuda.
Un Aviso de Monitorio se emite por el acreedor y debe ser entregado al deudor de manera personal o por correo certificado.
Su objeto se restringe a reclamaciones de carácter económico y no puede abarcar otros tipos de obligaciones, tales como exigir la entrega de un vehículo, completar un proyecto o abstenerse de una acción.
La deuda debe ser líquida, determinada, vencida y exigible. Esto significa que se puede expresar numéricamente, se conoce con exactitud el importe, debe ser reclamable una vez se ha alcanzado el periodo de pago y el deudor está obligado a pagarla.
El procedimiento monitorio permite la reclamación del pago de facturas, albaranes no pagados, créditos entre partes que estén documentados o deudas o gastos de Comunidades de propietarios, entre otros.
Una vez que recibas el Aviso de Monitorio, tienes 20 días para responder. Y puedes hacerlo de dos maneras:
Si el deudor no responde dentro de los 20 días establecidos, el juez emitirá un decreto que desencadenará la ejecución de la deuda con un plazo máximo de 5 años para el embargo de los bienes correspondientes para la satisfacción de la misma, así como el pago de los costes derivados de la demanda monitoria.
Es importante que entiendas los detalles de un Aviso de Monitorio y los pasos a seguir para responder adecuadamente a la notificación.
Cuando nos reclaman una deuda por la vía judicial, lo que debemos hacer es mantener la calma y si no puedes pagar la deuda dentro del plazo, debes contactar con el acreedor para negociar una solución.
Para evitar un Aviso de Monitorio, es recomendable cumplir con los términos de un acuerdo o contrato.
Un Monitorio es un proceso creado para resolver las reclamaciones de deuda con agilidad. No existe un tiempo establecido para la resolución del procedimiento, se estima que puede tardar unos 7 meses la sentencia del Juicio de Monitorio, dependiendo de la cantidad de dinero en disputa, el número de documentos involucrados y los cambios de dirección y teléfono de los involucrados.
Luego de emitida la sentencia se determinará si el deudor deberá cumplir o no con lo establecido en la misma. Él debe tener conocimiento de todas las etapas de un monitorio para poder responder adecuadamente a la demanda del acreedor.
Recuerda siempre puedes evitar un procedimiento monitorio y que te embarguen. Existen muchas soluciones para evitar llegar a esta situación como por ejemplo; la reunificación de todas tus deudas en una sola cuota mensual para pagar menos. Es recomendable estar al día con tus pagos y llevar un control de los mismos para evitar impagos y acumular deudas.
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