Cuando una persona muere sus bienes y su patrimonio se transfieren a sus herederos directos o familiares cercanos. Y lo mismo sucede con sus deudas. Las deudas de la persona fallecida también se traspasan a los herederos.
A la hora de pagar una deuda, debemos averiguar si hay alguna garantía sobre los bienes o si la deuda es personal. Si se trata de una deuda garantizada por un bien, el heredero estará obligado a pagarla para poder aceptar la herencia. En el caso de un bien inmueble, como una vivienda o un local, habrá que estudiar muy bien el importe de la deuda pendiente y el valor del inmueble en el mercado para tomar una decisión.
Si la deuda es personal, el heredero está igualmente obligado a pagar, a menos que se haya contratado un seguro de vida. Al contraer deudas a través de créditos, préstamos o hipotecas, muchos bancos ofrecen seguros, que pueden ser de gran ayuda en estas circunstancias.
El artículo 659 del Código Civil establece que "la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte". De manera que al fallecer el titular de un préstamo personal, los herederos reciben su deber de pago. Se heredan tanto los bienes, como los créditos y préstamos del difunto.
Toda persona tiene derecho a rechazar una herencia. Si los primeros herederos en línea sucesoria no aceptan la herencia, pasa a los siguientes en la cadena. Si nadie asume la herencia, se traspasa al Estado o a la Comunidad Autónoma a la que pertenecía el fallecido.
Si se acepta la herencia, ésta comprende los bienes, los derechos y todas las obligaciones que tuviera el fallecido, de manera que las deudas que tuviese antes de su muerte, también pasan a formar parte de la herencia.
Por eso es necesario saber si hay deudas y a cuánto asciende el importe de las mismas para evaluar si es ventajoso heredar o es mejor renunciar a la herencia.
Cuando los herederos han sido designados libremente por el fallecido en virtud de un testamento, éstos serán los que se harán cargo del pago de la deuda. En caso de que acepten la herencia, estarán obligados a pagar las deudas, si las hubiera.
Cuando el fallecido no haya especificado nada en concreto y no se sepa de la existencia de un testamento, se procede al siguiente orden de sucesión:
Si no son posibles los tres primeros grupos, se pasará a los parientes colaterales como hermanos, primos o sobrinos. En caso de que no haya nadie que reciba la herencia, ésta será para el Estado Español.
Cuando se acepta recibir una herencia, se hace con todas sus consecuencias. Es decir que por un lado, se acepta recibir todos los bienes del fallecido y por otro lado también todas sus obligaciones, como las deudas, y puede suceder que las deudas sean mayores que los bienes.
Ningún heredero está obligado por ley a asumir o hacerse cargo de las deudas contraídas por el fallecido. Es recomendable que antes de aceptar o de renunciar una herencia, se obtenga información detallada sobre la situación financiera y económica de la persona fallecida.
Si se acepta la herencia, aceptas las deudas por lo que te haces cargo y tendrás que pagarlas. Dicha aceptación puede hacerse mediante un documento publico o privado o un acto que establezca la voluntad de aceptar.
Y en caso de no aceptar la herencia se cuenta con un plazo establecido. Es recomendable contar con asesoramiento especializado para tomar la decisión.
Los herederos pueden evadir el pago de las deudas heredadas de dos maneras, pero ninguna de ellas le saldrá gratis:
La primera, ya la hemos comentado antes, consiste en renunciar a la herencia.
Si uno recibe una herencia en momentos difíciles o con muchas deudas, renunciar a ella es una buena opción para evitar el pago de las deudas. En este caso, es importante respetar los plazos para liquidar el Impuesto de Sucesiones. Se recomienda consultar con un abogado para conocer los plazos exactos.
Por otra parte, aquellos que no quieren renunciar a toda la herencia, hay una alternativa conocida como "aceptar la herencia a beneficio de inventario", la efectividad de la cual depende del importe total de la deuda.
Con esta opción, el heredero será eximido de pagar las deudas con su propio patrimonio. Aun así, estas deberán ser pagadas utilizando el patrimonio del difunto hasta que sean saldadas. Una vez estén satisfechas, los herederos recibirán el dinero y patrimonio restante de la herencia.
En general, es aconsejable asesorarse bien ante el fallecimiento. Hay que estar muy atento a los plazos para el trámite que queremos llevar a cabo.
Debido a que una deuda heredada puede ser una gran carga para los herederos, es importante buscar alternativas para hacer frente a ella.
Puedes negociar con los acreedores de la deuda heredada, tratando de llegar a algún acuerdo para hacer frente a la deuda. De igual manera, se pueden buscar alternativas como un préstamo bancario o una refinanciación para poder afrontar la deuda.
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