¿Sabías como se cancela el total tus deudas? Aquí te explicamos como.
Hasta el año 2015 no existía en España ninguna ley que permitiese la cancelación o exoneración de todas las deudas contraídas, era meramente bajo la concesión de préstamos o créditos como los deudores pretendían hacer frente a su precaria situación financiera.
Sin embargo, esta situación a la larga seguía creando más deudas y una situación que incapacitaba a particulares y autónomos a seguir adelante e involucrase en nuevos proyectos personales y profesionales. Desde el año 2015 existe en España la Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar todas las deudas contraídas. El objetivo de este recurso es luchar contra la clandestinidad o abusos financieros.
El deudor podrá cancelar sus deudas siguiendo este proceso meramente administrativo contemplado en la Ley de Segunda Oportunidad:
Primero solicitará un acuerdo extrajudicial de pagos, el cual consiste en presentar ante notario un nuevo plan de pagos para llegar a un acuerdo con los acreedores. Mediante un mediador concursal se comunicará la nueva propuesta de pagos teniendo en cuenta la situación patrimonial y financiera del deudor. Si finalmente no se llega a un acuerdo con los acreedores, será ante un juez como se dictamine una nueva resolución.
El juez nombrará un administrador concursal que supervisará la situación del deudor para la cancelación o exoneración de las deudas. Tras una evaluación de varios requisitos para aplicar a esta ley por parte del juez. Como su haber obrado de buena fe y un buen historial crediticio. El juez emitirá el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho por el que se acoge la Ley de Segunda Oportunidad.
Si hemos solicitado un préstamo de consumo o un crédito personal podrás lograr cancela el total de tus deudas si disponemos de la cantidad de capital equiparable a la deuda más las comisiones por anticipación. Estas comisiones se podrán consultar en las condiciones crediticias del préstamo o crédito solicitado. Será importante tener este aspecto en cuenta a la hora de solicitarlo ya que muchas entidades bancarias cobran por esta cancelación un tipo de interés elevado y una comisión por anticipación.
Otro método de cancelación de deudas es el de subrogación de las deudas. A partir de este procedimiento podremos transferir las obligaciones de pago a otra persona hasta el abono íntegro de la deuda. Antes de traspasar estos derechos y obligaciones será requerida una verificación de unas garantías mínimas del nuevo deudor para hacer frente a la deuda como no pertenecer a ninguna lista de morosos, una justificación mediante el contrato de trabajo o la presentación de un aval como garantía.
Este método de cancelación de deudas es comúnmente utilizado por las entidades bancarias especialmente en créditos hipotecarios. En este contrato el prestatario cede los derechos de propiedad mediante el contrato de subrogación en el que traspasa las obligaciones crediticias al deudor.
Un estudio del INDEC revela que el 32,8% de pagos realizados en España se realizan con tarjetas de crédito.
Una gran parte de las deudas de particular tiene origen en las tarjetas de crédito. Devolver más tarde una deuda contraída por una tarjeta de crédito genera un problema cada más difícil de afrontar a nivel financiero. A menudo las tarjetas de crédito aplican el “Sistema Revolving” con tipos anuales de más del 20% generalmente y de toda clase de comisiones, donde no hay un plazo estipulado para devolver el dinero prestado, será el deudor el que escoja que cantidad abonar al mes, teniendo en que ser esta siempre igual o mayor al 3% de la deuda contraída. Este sistema de pagos mínimo hará que la deuda se alargue en el tiempo, aumenten los intereses e incluso duplique el préstamo inicial.
Para llevar una buena gestión de los gastos superfluos y necesarios, informarse acerca de las condiciones, tarifas e intereses.
Si estas deudas han llegado a cantidades elevadas una primera opción sería liquidar los bienes del deudor. O revisar los requisitos para aplicar a la Ley de Segunda Oportunidad. Esta ley permite cancelar todas las deudas pendientes respondiendo con todo el patrimonio. Ponerte en contacto un abogado en será fundamental en este proceso.
Tradicionalmente las deudas con la Administración Pública estaban libres del derecho de exoneración, sin embargo, desde 2019 el Tribunal Supremo aprobó una sentencia que reconoce la cancelación del 70% de la deuda. El 30% restante de la deuda se podrá abonar en un plazo máximo de pago a cinco años.
No obstante, muchos deudores no pueden hacer frente a esta deuda pública incluso en cinco años debido a los elevados los intereses de demora y sanciones impuestos por los organismos públicos.
Esta situación también está contemplada por la Ley de Segunda Oportunidad. Si durante los cinco años del plan de pago para hacer frente a esta deuda publica el deudor ha respondido con el 50% del salario mínimo interprofesional al pago de dicha deuda y aun así o ha respondido totalmente a ella con su patrimonio, a los cinco años se podría cancelar la totalidad de esta deuda pública. Este recurso será por lo tanto útil también para numerosos autónomos que no puedan hacer frente a deudas públicas.
En Estados Unidos la Ley de Segunda Oportunidad es de gran reconocimiento y se aplica de forma más común que en España. Donde apenas es familiar para una pequeña parte de la sociedad seis años después de su aprobación en 2015.
En España cada año los intereses de los bancos son más y más abusivos, se sitúan desde un 12% hasta un 35%. Ante esta tendencia creciente y con un miedo hacia el descontento general de los prestatarios, la Unión Europea obliga a que todos los países contemplen una ley de quiebras para conceder una segunda oportunidad a particulares o autónomas en situaciones precarias.
A pesar del conocimiento popular de países en otros países de Europa, en España es aún una gran desconocida. Y solo 3.000 personas habían recurrido a ella para año 2017.
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