La Ley de Segunda Oportunidad es una normativa implementada en España en 2015 con el fin de brindar a las personas físicas, tanto particulares como autónomos, la oportunidad de reestructurar y, en última instancia, cancelar sus deudas cuando se encuentran en una situación de insolvencia.
Está regulada por la Ley 25/2015 que entró en vigor en julio de 2015 y modificada por la Ley 16/2022 que entró en vigor el 26 de septiembre de 2022.
El propósito principal de esta ley es ofrecer un alivio a aquellos individuos que, a pesar de sus mejores esfuerzos, se ven imposibilitados de hacer frente a sus deudas, permitiéndoles retomar su actividad económica o comenzar una nueva vida sin la carga de las obligaciones pendientes.
Como hemos mencionado anteriormente, el objetivo por el que se implantó esta ley es ofrecer a las personas endeudadas una oportunidad de cancelar sus deudas por ley y se aplica a deudores insolventes que cumplen con una serie de requisitos. Uno de los más relevantes es haber obrado de buena fe.
Gracias a la reforma de la ley en 2022 ya no es necesario llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos antes de acogerse al procedimiento de Segunda Oportunidad, lo que permite al deudor solicitar este recurso sin perder tiempo o dinero en un proceso preconcursal.
El proceso de acogimiento comienza con una solicitud dirigida al Juzgado Mercantil, que debe incluir información detallada sobre la situación personal del deudor, el cumplimiento de los requisitos, el tipo de insolvencia y los ingresos disponibles.
Una vez presentada la solicitud con la documentación correspondiente, se inicia el proceso judicial, en el que el deudor puede elegir entre dos opciones para presentarse al concurso voluntario:
Exoneración de la deuda: Aplica por inexistencia de bienes o por bienes con valor inferior al de las deudas. Si el deudor elige esta opción, el juez emite un auto en el que se comunica la admisión de la demanda. Se concede la exoneración inmediata y definitiva de hasta el 100% del total de sus deudas, también llamado EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho).
Liquidación con plan de pagos: Se da cuando el deudor tiene un nivel de ingresos alto o desea conservar su vivienda habitual o un negocio, por lo que la deuda se exonera parcialmente y se establece un plan de pagos para la que queda pendiente. Si se opta por el plan de pagos, se presenta la propuesta a los acreedores para que hagan sus alegaciones sobre los requisitos legales. Después de este proceso, el juez puede conceder provisionalmente la exoneración del pasivo insatisfecho y aprobar el plan de pagos. Transcurrido el plazo acordado para el plan de pagos sin revocación de la exoneración, el juez otorgará la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho mediante un auto.
Hasta aquí todo bien. A través de la Ley de Segunda Oportunidad podemos cancelar nuestras deudas total o parcialmente… Pero ¿qué pasa con ellas?
Cuando los deudores se someten a la ley, esta es una de las preguntas que más se repiten: ¿qué pasa con mis deudas? ¿Quién las paga? ¿Me van a seguir llamando los acreedores?
Hay que entender que se trata de una Ley en la que la sentencia la proporciona un juez. Dependiendo del tipo de concurso al que te acojas se paga esa deuda o no:
Si te acoges a la Ley mediante el plan de pagos, para evitar perder alguna propiedad, deberás ir abonando los pagos acordados con el juez. En esta situación sí se están pagando las deudas en un plazo determinado.
Si el juez te concede el EPI, lo que significa la exoneración inmediata y definitiva, deberás comunicar a tus acreedores tu situación y el auto con la decisión del juez. En este caso, nadie paga tus deudas. Las deudas exoneradas no las tiene que abonar ninguna persona o entidad, las deudas se quedan sin pagar. Pero mucho cuidado, las deudas solo serán canceladas para aquellos que se acojan a la Ley, no para avalistas y/o cotitulares.
Con la Ley de la Segunda Oportunidad, las deudas son canceladas de forma permanente. Una vez que se obtiene la sentencia judicial, las entidades financieras y los bancos no pueden volver a reclamarte el dinero en el futuro.
Sin embargo, existen casos excepcionales en los que podrían hacerlo y que debes tener en cuenta:
En algunos casos, a pesar de que el deudor ha obtenido la exoneración de sus deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad, puede surgir la situación en la que otra persona tenga que asumir el pago de alguna de las deudas, o incluso el propio deudor tenga que hacerlo.
Avalista: Un ejemplo de esto ocurre cuando el deudor tiene una deuda respaldada por un avalista. En este caso, existe la posibilidad de que el avalista deba hacer frente al pago de la deuda, aunque esto no siempre sucede. Los tribunales han seguido el criterio de extender la exoneración al avalista en el caso de la exoneración definitiva, mientras que en la exoneración provisional se ha analizado cada caso de forma individual. Sin embargo, la reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad de 2022 excluye expresamente a los avalistas de la exoneración.
Deudas no exonerables: Es importante tener en cuenta que, aunque la Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar la mayoría de las deudas, existen deudas que no pueden ser eliminadas. Por lo tanto, es posible que una persona se acoja a la Segunda Oportunidad, pero aún tenga deudas que debe seguir pagando de manera obligatoria. Estas deudas no exonerables están especificadas en el artículo 489 de la Ley Concursal.
En este apartado, vamos a abordar una pregunta fundamental: ¿Qué deudas son cancelables mediante la Ley de Segunda Oportunidad? Si estás considerando acogerte a esta ley para liberarte de tus obligaciones financieras, es importante comprender qué tipo de deudas pueden ser canceladas y cuáles no.
Las deudas que pueden ser canceladas bajo esta ley son:
Préstamos: La Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar los préstamos que tengas pendientes, brindándote la posibilidad de liberarte de esta carga financiera.
Tarjetas de crédito: Si tienes deudas acumuladas en tarjetas de crédito, la Ley te ofrece la oportunidad de cancelarlas y empezar de nuevo sin esta carga.
Hipotecas: Incluso las deudas hipotecarias pueden ser canceladas mediante la Ley de la Segunda Oportunidad, liberándote de la responsabilidad de pagar la hipoteca.
Microcréditos: Si tienes microcréditos pendientes, este mecanismo te brinda la posibilidad de cancelarlos y obtener un nuevo comienzo financiero.
Facturas: Las facturas impagadas también pueden ser canceladas.
Deudas con proveedores: Si tienes deudas con proveedores, esta ley te ofrece la oportunidad de cancelarlas y comenzar de nuevo sin estas obligaciones pendientes.
Deudas con Hacienda: La Ley de la Segunda Oportunidad también contempla la cancelación de deudas con Hacienda hasta un máximo de 10.000 €.
Deudas con la Seguridad Social: Asimismo, esta ley permite cancelar deudas con la Seguridad Social hasta 10.000 €.
En cuanto a las deudas que no se pueden cancelar mediante la Ley de Segunda Oportunidad, es importante tener en cuenta las siguientes excepciones:
Pensión de alimentos: Las deudas relacionadas con la pensión de alimentos no pueden ser canceladas en su totalidad.
Deudas por delitos penales y responsabilidad fuera de contrato: Las deudas derivadas de delitos penales y responsabilidad fuera de contrato no son cancelables mediante esta ley.
Responsabilidades adquiridas en el nuevo programa de pagos: Si el deudor ha asumido nuevas responsabilidades de pago en un programa de pagos establecido, estas deudas no serán cancelables.
Deudas públicas por encima de los 10.000 euros: Las deudas públicas solo pueden ser canceladas por un importe máximo de 10.000 euros.
Deudas por responsabilidad civil extracontractual, muerte o daños personales, así como indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad profesional. En resumen, la mayoría de las deudas pueden ser canceladas parcial o totalmente mediante la Ley de Segunda Oportunidad, pero existen algunas excepciones específicas que no pueden ser eliminadas.
Si estás considerando acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar tus deudas y obtener un nuevo comienzo financiero, es fundamental contar con la ayuda de profesionales especializados en esta área.
Recuerda que cada caso es único, y contar con el apoyo de expertos te dará la tranquilidad de que estás tomando las decisiones correctas y maximizando tus posibilidades de éxito. Muchas personas en esta situación cometen el error de no acudir a un experto en la materia, que analice su caso particular en detalle y le guíe de manera adecuada en el procedimiento. En Repagalia analizamos tu caso sin compromiso. Si te encuentras en una situación de sobre-endeudamiento y quieres acogerte a esta ley ¡Llámanos!
Analizamos tu caso y diseñamos tu plan de ahorro sin compromiso
Quiero mi plan