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¿Puedo parar un embargo judicial con la Ley de la Segunda Oportunidad?

Cuando nos embargan la nómina o nos bloquean dinero en la cuenta, sentimos que nos quedamos sin aire. Y es lógico: un embargo no solo afecta al bolsillo, también a la tranquilidad. La Ley de la Segunda Oportunidad es una vía legal que, en muchos casos, ayuda a frenar embargos y ejecuciones. Te contamos cómo a continuación.

Lo importante es que no estamos atados de manos. La Ley de la Segunda Oportunidad es una vía legal que, en muchos casos, ayuda a frenar embargos y ejecuciones mientras ordenamos la situación y buscamos una salida.

Si te van a embargar y piensas en la ley de segunda oportunidad, esto es lo primero que debes saber

Antes de entrar en detalles, vamos a ponernos en situación y quedarnos con lo esencial:

  • Un embargo no desaparece por decir que vamos a acogernos a la Segunda Oportunidad. Para que exista esa protección, el proceso debe iniciarse en el juzgado.

  • La parte esperanzadora es que el proceso sí puede frenar muchas ejecuciones. Cuando se declara el concurso de la persona física dentro del marco de la Ley Concursal, la norma prevé que muchas ejecuciones y embargos puedan quedar en suspenso. Dicho en sencillo: si ya nos están ejecutando por la vía judicial, la Segunda Oportunidad puede ayudarnos a parar la rueda y a que todo se gestione de forma ordenada.

  • Cada embargo tiene sus matices. No es lo mismo un embargo de nómina que una ejecución sobre un bien, ni una deuda privada que una con organismos públicos. Por eso, antes de decidir, nos conviene asesorarnos con profesionales y revisar bien la situación.

¿La Ley de la Segunda Oportunidad puede suspender un embargo?

En muchos casos, sí. La idea es sencilla: cuando el juzgado abre el proceso de Segunda Oportunidad, se intenta que todo se gestione de forma ordenada y que los acreedores no vayan cada uno por su lado. Por eso, muchos embargos y ejecuciones pueden quedar parados desde que el juzgado declara el concurso.

Cuándo puede pararse el embargo y por qué

El momento que suele marcar la diferencia es cuando el juzgado declara o admite el concurso. A partir de ahí, muchas actuaciones de ejecución pueden quedar en suspenso conforme a la Ley Concursal. Y si el embargo ya está en marcha, por ejemplo en nuestro banco o en nuestra empresa, lo que suele acelerar el efecto práctico es que comuniquemos correctamente el inicio del proceso a quien está ejecutando (juzgado, organismo o entidad) para que lo apliquen cuanto antes.

Diferencia entre “paralizar el embargo” y “cancelar la deuda” (EPI)

  • Paralizar / suspender: es un efecto del procedimiento concursal que puede frenar ejecuciones mientras se tramita.

  • Cancelar deuda: el objetivo final suele ser la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), que es la resolución judicial que declara que determinadas deudas dejan de ser exigibles, con los requisitos y límites legales. 

Qué embargos suelen quedar suspendidos

Embargo de nómina

Suele ser uno de los supuestos más habituales. Si hay una ejecución en curso, la suspensión concursal puede ayudar a frenar la continuidad del embargo. Y si lo primero que nos preguntamos es quién lo ha ordenado, podemos verlo paso a paso en nuestro post ¿Cómo descubrir quién ha embargado tu nómina?

Embargo de cuenta bancaria

Puede pasar que el banco reciba órdenes de embargo y nos bloquee parte del saldo. 

Embargo de devoluciones o ingresos puntuales

Aquí conviene ir con cuidado. Si nos embargan una devolución o un ingreso y el dinero ya ha sido retenido o enviado, normalmente es complicado recuperarlo. Por eso, si vemos que el embargo puede llegar de un momento a otro, lo mejor es movernos cuanto antes.

Vivienda habitual y ejecuciones (por ejemplo, hipoteca)

La vivienda tiene un tratamiento delicado. La reforma concursal ha introducido cambios relevantes en el itinerario de exoneración y plan de pagos, y la estrategia puede variar mucho si hay hipoteca o ejecución. Si este es tu caso, es imprescindible la intervención de un profesional para analizar el caso. 

Esto es orientativo. Al final, cada embargo y cada procedimiento tienen sus propios matices, y lo que marca la diferencia suele ser actuar a tiempo y con una estrategia bien planteada. Por eso, contar con abogados especializados es clave para tomar decisiones con seguridad; en Repagalia trabajamos de la mano con el equipo de Kubo Legal.

Paso a paso: cómo actuar para intentar parar un embargo con Segunda Oportunidad

1) Ver en qué punto estamos 

Antes de mover un papel, necesitamos una idea clara de nuestra situación:

  • Qué deudas tenemos y quién nos las reclama (banco, financiera, tarjetas, etc.).

  • Si realmente estamos en situación de insolvencia.

  • En qué fase está el embargo: si solo hay aviso, si ya nos están descontando de la nómina o si el banco ya ha bloqueado saldo.

Cuanto más claro lo tengamos, más fácil será elegir el camino correcto.

2) Preparar lo básico para el proceso

Aquí no se trata de juntar papeles por juntar. Se trata de reunir lo necesario para demostrar nuestra situación: ingresos, gastos, deudas y, si los hay, bienes. Con eso se prepara el expediente para presentarlo y evitar retrasos.

3) Iniciar el proceso de Segunda Oportunidad en el juzgado

  • Si no tenemos bienes o lo que tenemos no cubre casi nada. Es lo que mucha gente conoce como concurso sin masa. Dicho simple: el juzgado ve que no hay patrimonio suficiente y se avanza hacia la exoneración con un trámite más directo, siempre que se cumplan los requisitos.

  • Si tenemos ingresos, o tenemos bienes que queremos conservar. En ese caso puede encajar un plan de pagos, que es un acuerdo propuesto en el marco del proceso para poder pagar parte de la deuda de forma realista. Lo importante es que sea un plan que podamos cumplir, sin ahogarnos.

4) Avisar para que el embargo se pare cuando corresponde

Aunque suene simple, esto es clave: una vez el proceso está en marcha, tenemos que comunicarlo correctamente a quien está ejecutando el embargo (juzgado, organismo o entidad) para que apliquen la suspensión cuando procede. Si lo hacemos bien y a tiempo, evitamos que el embargo siga avanzando por pura inercia.

5) Llegar a la exoneración (EPI)

El objetivo final es conseguir la exoneración (el EPI), que es la resolución que puede perdonar nuestras deudas total o parcialmente.

¿Te encaja la Segunda Oportunidad?

La Segunda Oportunidad encaja cuando sentimos que la situación se nos está yendo de las manos: tenemos una deuda que supere los 10.000€, con varios acreedores, no podemos pagarla y llega la amenaza de embargos. 

Aquí es donde marca la diferencia tener un camino claro. En Repagalia nos sentamos con calma a entender la situación para ver si la Ley de la Segunda Oportunidad es la mejor salida. Te acompañamos paso a paso, con palabras sencillas y sin vender humo. Después trazamos la estrategia con nuestro despacho colaborador Kubo Legal, que se encarga de preparar todo lo necesario, presentarlo y guiarte en cada fase para que sepas qué hacer y qué esperar.

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